Para ser elegible para una prórroga de 30 días de la fecha de vencimiento de su factura, usted debe:
Si acepta una prórroga de la fecha de vencimiento pero no paga el saldo antes de la fecha acordada, se le cobrará una tarifa estándar por pago atrasado y podrá no ser elegible para futuras prórrogas.
Mover la fecha de vencimiento actual no afecta la fecha de vencimiento de facturas futuras. Por lo tanto, la prórroga de la fecha de vencimiento podría ser cerca de la próxima fecha de vencimiento.
Puede prorrogar la fecha de vencimiento tantas veces como necesite siempre que deje pasar la cantidad de días requeridos desde la última prórroga.
Consulte su elegibilidad con tan solo un clic, acepte los términos de la prórroga, ¡y listo! No se necesitan formularios ni documentos.
Verifique la elegibilidad
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